Marie Palma Irizarry, directora de investigación de la Asociación de Zoológicos, Criaderos y Acuarios de México, A.C. (AZCARM) y Directora de investigación de El Nido, declaró al
respecto que esta nueva legislación es muy grave en sus reglamentos,
ya que afectaría a aproximadamente 1000 ejemplares que se encuentran
actualmente bajo cuidado humano en zoológicos, criaderos, etc.
Situación
que igual puede provocar muerte masiva de felinos, ya que uno
de los alcances de esta ley es prohibir su posesión, entonces el solo hecho de
“tenerlo” se incurre en delito por lo que los zoologicos, criaderos, etc,
deberán entregar los ejemplares a las autoridades para su posterior liberación. Lo que terminará
provocando muertes de los especímenes al ser liberados.
Este organismo declaró que la Comisión de
Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, que adicionó al
Artículo 60 Bis 3 a la Ley General de Vida Silvestre, la prohibición de la
posesión de especies como: jaguar, ocelote, tigrillo y jaguarundi, pone en
riesgo a más de mil ejemplares en el país que actualmente se encuentran en
centros de conservación, zoologiocos, etc,. Que están debidamente registradas
ante la Secretaría de Medio Ambiente federal (SEMARNAT), que ya no podrán
alojar a estos felinos.
La AZCARM considera de incompleta esta
normatividad que en la redacción de dicho dictamen no se han dimensionado las
consecuencias de la prohibición de la posesión de estos felinos,
entre las que enumera son:
Declaró
que esta iniciativa se le puede achacar directamente a la
diputada
del PRI, Erika Araceli Rodriguez Hernández y que cuenta con el apoyo
del Partido Verde que juntos
lograron la mayoría de votos necesarios para que fuera aprobada en la comisión
de medio ambiente.
Explicó
que aún existe posibilidad de dar un paso atrás a la misma, y que se congele en
el Congreso, ha hizo un llamado para detenerla o en su defecto,
modificar el texto para que “haga menos daño a los felinos”. Añadió que la AZCARM
en
dado caso podría ampararse en relación a esta ley.
Al no tener
definida la figura de “instituciones académicas acreditadas” en la Ley, la autoridad podrá expedir planes de manejo con total
discrecionalidad, por ello se propone incorporar en el ordenamiento a toda
institución debidamente acreditada y registrada ante la SEMARNAT.
Al
respecto, declaró que esta figura podría ser motivo de “interpretación” diversa
de la Ley, es decir, podría caerse en la discrecionalidad para calificar o
acreditar instituciones
para control de especímenes.
Detalló que esta ley, es una de las diversas normatividades que se están redactando sin sustento científico y que es ejemplo de “una tendencia mundial para “proteger” a los animales, pero más como una moda ya que dicha protección se ha hecho sin ningún sustento técnico ni científico. Se ha hecho apelando solo al sentimentalismo, sin investigación ni conocimiento de la situación en particular”.
Detalló que esta ley, es una de las diversas normatividades que se están redactando sin sustento científico y que es ejemplo de “una tendencia mundial para “proteger” a los animales, pero más como una moda ya que dicha protección se ha hecho sin ningún sustento técnico ni científico. Se ha hecho apelando solo al sentimentalismo, sin investigación ni conocimiento de la situación en particular”.
Situación
que los los partidos políticos se han aprovechado de esta
moda y promueven este tipo de legislaciones solo para favorecer sus intereses
personales o partidistas pero no para beneficiar a los animales que dicen proteger.
Este organismo en comunicado de prensa, detalla que esta propuesta aceleraría la desaparición de estas especies, al poner fin a los programas actuales de conservación que realizan instituciones zoológicas, en colaboración con instancias nacionales e internacionales dedicadas a la conservación de especies en peligro de extinción.
Este organismo en comunicado de prensa, detalla que esta propuesta aceleraría la desaparición de estas especies, al poner fin a los programas actuales de conservación que realizan instituciones zoológicas, en colaboración con instancias nacionales e internacionales dedicadas a la conservación de especies en peligro de extinción.
Incluso los propios museos de historia
natural se ven afectados pues con dicha modificación, deben dejar de poseer, y
por lo tanto exhibir, los ejemplares disecados de estas especies ya que no se
hace ninguna distinción entre animales vivos o muertos.
La Procuraduría Federal de Protección al
Ambiente (PROFEPA) ya no podrá solicitar el apoyo de las instituciones
zoológicas y sus especialistas para cooperar en el manejo, recibo y atención
por tiempo indefinido, de individuos que no pueden sobrevivir ya sea por
enfermedad, abandono, decomiso o crianza artificial.
Actualmente, está sancionada por la Ley la
extracción de ejemplares de estas especies de su hábitat natural, siendo las
multas y sanciones correspondientes de las más estrictas, por tratarse de
especies mexicanas bajo alguna categoría de riesgo, de conformidad con la
NOM-059-SEMARNAT-2010 sobre protección de especies nativas de México.
Indicó
que en los 2 últimos años, la AZCARM ha trabajado
intensamente buscando el diálogo con los legisladores, así como con las
autoridades y con diferentes sectores y gremios relacionados a la vida
silvestre para parar iniciativas perjudiciales e impulsar nuevas iniciativas
que si beneficien a los animales así como a sus hábitats y al medio ambiente en
su conjunto.
“Particularmente
con esta iniciativa de felinos, hemos tenido muchas reuniones con
diputados de diversos partidos políticos y a excepción del PRI y partido verde,
los demás no están de acuerdo en la aprobación de esta iniciativa”, dijo.

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