Todas las empresas registradas ante la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) están obligadas a respetar los
límites del ruido laboral para evitar poner en riesgo la salud de sus
trabajadores. Para cumplir con esa norma es recomendable que soliciten la
intervención de especialistas acústicos a fin de prevenir enfermedades, aseguró
Marco Antonio Zenteno Vicente, director de la consultoría Mazy dedicada a la
higiene industrial y la seguridad ocupacional.
Para prevenir las enfermedades provocadas por la exposición constante
a sonidos fuertes lo recomendable es anticipar el riesgo y prever la cantidad
de ruido que se generará en un área determinada para tomar medidas conducentes.
Sin embargo, una gran cantidad de empresas no prevén ni se asesoran
con un especialista en acústica para reducir el impacto de la contaminación
auditiva, lo que las obliga a tomar medidas emergentes, no siempre con los
mejores resultados.
El ingeniero de la Escuela Superior de Ingeniería Química e Industrias
Extractivas (ESIQIE) del Instituto Politécnico Nacional (IPN), explicó que la
industria en su conjunto está obligada a realizar sus actividades de acuerdo a
la Norma Oficial Mexicana 11 que establece que el máximo permisible de
exposición real para un trabajador es de 85 a 90 decibeles por un máximo de
ocho horas.
Detalló que el ruido es el sonido, agradable o desagradable, cuyos
niveles de intensidad y tiempo de
exposición pueden causar daños a la salud, que van desde los trastornos
fisiológicos como la pérdida progresiva o total de la audición, hasta los
psicológicos como bajo rendimiento laboral por cansancio e irritación extremos.
Explicó que el nivel de ruido se mide en decibeles (dB) y que en una
escala logarítmica sólo bastan tres dB para duplicar el volumen del sonido,
esto quiere decir que el doble de 90 decibeles son 93 y en ese caso, si la
jornada habitual del trabajador es de 8 horas, con 93 decibles se debe reducir
a cuatro.
Indicó que para reconocer los niveles de contaminación acústica,
algunos laboratorios de prueba avalados por la Entidad Mexicana de Acreditación
(EMA) y aprobados por la STPS, aplican las metodologías para el análisis de los
límites permitidos de acuerdo con lo establecido por la NOM 11.
Expuso que “de resultar mayor el ruido al límite permitido, se aplica
el control que puede ser técnico con modificaciones en la maquinaria o los
procesos. Esto con la finalidad de que la gente esté menos expuesta al ruido.
También están los controles administrativos que buscan reducir los tiempos y el
equipo de protección personal como los tapones auditivos”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario