La industria musical representa un sector de gran relevancia económica a nivel nacional y global. De acuerdo con el Global Music Report, publicado por la Federación Internacional de la Industria Fonográfica (IFPI), el mercado mundial de la música grabada registró en 2025 ingresos anuales por 31.7 mil millones de dólares, una cifra histórica y equivalente a una tasa de crecimiento anual del 6.4%, y en el que México se posicionó dentro del Top 10 de los mercados con mayor consumo de música a nivel global, con un crecimiento del 13.3% en ingresos relacionados a la industria sonora.
Sin embargo, debido a ese amplio impacto, la piratería
también ha evolucionado constantemente dentro del entorno digital como
consecuencia de los avances tecnológicos. De los mercados informales de discos
físicos, pasamos a esquemas de distribución ilegales en el mundo electrónico,
así como a la generación de contenidos que no cuentan con las autorizaciones
debidas y que emplean inteligencia artificial como parte integral de sus
recursos gráficos y audiovisuales.
Frente a esto, la industria musical ha llevado la defensa
de sus derechos a distintos niveles.
La Asociación Mexicana de Productores de Fonogramas
(Amprofon), en su Reporte Música México 2025, señala algunos ejemplos recientes
de controversias derivadas del uso indebido de inteligencia artificial en la
industria. En 2023, las voces de Drake y The Weeknd fueron clonadas con inteligencia
artificial para estrenar Heart on My Sleeve, una canción que generó 600 mil
reproducciones en Spotify y 275 mil vistas en YouTube antes de que Universal
Music Group la retirara de los servicios de streaming. Algo similar ya había
pasado con la voz inconfundible de Jay-Z rimando clásicos de William
Shakespeare, que dio lugar a diversos reclamos relacionados con derechos de
propiedad intelectual.
Existen otras acciones legales emblemáticas relacionadas
con la violación de derechos de autor, como la emprendida en junio del año 2024
por la RIAA (Recording Industry Association of America), en contra de dos
empresas que generaban música mediante inteligencia artificial, por el presunto
uso no autorizado de obras musicales protegidas, siendo esta una de las mayores
acciones legales emprendidas contra la música generada por IA hasta la fecha.
La propiedad intelectual es un elemento fundamental para
el desarrollo de la industria musical, al permitir que autores, intérpretes,
productores y demás participantes de la cadena de valor puedan defender sus
aportaciones, y a su vez, obtener un reconocimiento y una remuneración legítima
por su intervención. Por ello, con la reciente conmemoración del Día Mundial
contra la Falsificación y la Piratería el pasado 12 de junio, Arochi &
Lindner, firma especializada en propiedad intelectual y derechos de autor,
recomienda a artistas, sellos discográficos y plataformas digitales tomar
medidas para proteger sus activos creativos.
Hoy en día existen herramientas que permiten identificar
y rastrear música en plataformas digitales. Sistemas como Content ID de YouTube
o tecnologías de monitoreo utilizadas por la industria ayudan a detectar usos
no autorizados, ya sea en videos, redes sociales o incluso en transmisiones,
permitiendo así solicitar la baja del contenido, o bien, en algunos casos
lograr monetizarlo. Es importante reconocer que hoy en día es más frecuente la
creación y distribución de contenidos que incorporan obras protegidas sin
contar con las autorizaciones o licencias correspondientes.
Si una obra está siendo aprovechada sin autorización, es
posible solicitar su eliminación de la plataforma donde esté disponible. Para
ello, se recomienda siempre guardar evidencia de dicho uso no autorizado, a fin
de que, de estimarlo pertinente, se puedan iniciar las acciones legales
respectivas, incluida la búsqueda de una reparación del daño causado, en caso
de ser aplicable. Por ello, es recomendable para los usuarios siempre utilizar
plataformas de streaming y entretenimiento que cuenten con licencias vigentes
de explotación de contenido, debiendo revisar su origen para evitar descargar,
distribuir o lucrar con contenido protegido, sin su debida autorización.
La protección de los derechos de autor en la industria
musical se sustenta en un marco regulatorio cada vez más robusto, con
mecanismos específicos para combatir su aprovechamiento ilícito. Ejemplo de
ello en México son las medidas consideradas en la Ley Federal de Protección a
la Propiedad Industrial (LFPPI) y la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA),
que permiten la suspensión de contenidos que infringen derechos de propiedad
intelectual. Lo anterior, derivado del marco legal actual del T-MEC, ha
reforzado las obligaciones en materia de observancia y protección de derechos de
propiedad intelectual en entornos digitales.
De forma complementaria, la colaboración con las
plataformas digitales ha sido clave para consolidar modelos de licenciamiento
mediante acuerdos con sellos discográficos, editoriales y sociedades de gestión
colectiva, permitiendo regular la distribución y monetización de la música en
este tipo de entornos.
La explotación no autorizada de obras artísticas en
entornos digitales, incluyendo aquella que puede producirse mediante
herramientas de inteligencia artificial, es una práctica cada vez más
frecuente. Además de afectar los derechos de sus titulares, estas conductas
generan un impacto negativo en una industria que produce millones de empleos y
una importante derrama económica.
De ahí que sea tan importante reconocer que compartir,
reproducir o utilizar obras protegidas sin el consentimiento de sus titulares
puede generar responsabilidades tanto legales, como sociales y económicas.

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